Veri*factu es un sistema de facturación electrónica implementado por la Agencia Tributaria en España, impulsado por la Ley Antifraude para combatir el fraude fiscal y asegurar la integridad y verificación de las facturas. Las empresas y autónomos que utilicen software de facturación deberán cumplir con los requisitos técnicos para garantizar que las facturas sean verificables por Hacienda, ya sea mediante la remisión automática de datos o almacenando los registros de forma segura e inalterable. Su obligatoriedad entrará en vigor progresivamente desde 2026.

¿Qué es y para qué sirve?

  • Verificación de facturas: El objetivo principal es asegurar la veracidad de las facturas y combatir el uso de software de facturación con doble contabilidad.
  • Integridad y trazabilidad: Garantiza que las facturas no sean modificadas después de ser emitidas.
  • Remisión a Hacienda: Los sistemas de facturación obligados a cumplir con Veri*factu enviarán datos de las facturas emitidas a la Agencia Tributaria. Los clientes podrán verificar la validez de la factura a través de un código QR.


¿A quién afecta?

  • Software de facturación:
    Los fabricantes de software de facturación solo podrán vender programas certificados a partir de julio de 2025.
  • Empresas y autónomos:
    A partir de 2026, empresas, asesorías y autónomos que utilicen estos programas estarán obligados a usarlos para facturar.


¿Cómo se implementará?

  • Modalidad “Veri*factu”:
    Los programas envían automáticamente los registros de facturación a Hacienda.
  • Modalidad “No Veri*factu”:
    Los programas no envían los datos automáticamente, pero deben asegurar la integridad y conservación de los registros, que deberán estar disponibles para la Agencia Tributaria si los solicita.
  • Software obligatorio:
    Todos los software de facturación deberán estar adaptados a estos requisitos. Las empresas pueden optar por modificar sus sistemas, adquirir uno nuevo o usar las opciones gratuitas que ponga a disposición la Agencia Tributaria.


¿Cuándo entra en vigor?

  • Julio de 2025: Los fabricantes ya no pueden vender software de facturación no certificado.
  • Enero de 2026: Obligatorio para empresas y asesorías (*A excepción de las inscritas en el SII).
  • Julio de 2026: Obligatorio para autónomos.